REGISTRO DE PAREJAS DE CONVIVIENTES DEL MISMO SEXO

¿Qué es el registro de parejas de convivientes del mismo sexo?
Es una dependencia de la Subdirección de Derechos Humanos de las Minorìas y Lucha contra la Discriminación donde quedan asentados los datos de afiliación de aquellas parejas del mismo sexo que viven bajo el mismo techo unidas por una relación de amor y manifiestan su deseo de ser inscriptas.

¿Qué utilidad tiene este registro?
Permite a los convivientes registrados acceder a una pensión en caso de fallecimiento del otro integrante de la pareja, siempre que sea beneficiario de la Caja de jubilaciones y demuestre cinco años de convivencia. Cabe aclarar que en caso de que hubiere hijos solo se exige dos años de convivencia.
Todo ello, conforme a lo establecido en el decreto 42 que reglamenta la Ley 9075 y a su vez esta normativa responde al texto de la norma 8024.
De manera que, el hecho de estar asentado en el registro facilita la demostración de la convivencia, al mismo tiempo que otorga el mismo derecho a los homosexuales qe tienen las parejas heterosexuales históricamente.

¿Qué requisitos debo presentar?
Solo el DNI de las personas interesadas.

¿Donde realizar el trámite?
El lugar para registrarse dentro de la Secretaría es la Subdirección de Derechos Humanos de las Minorías y Lucha Contra la Discriminación, Ubicada en Rivera Indarte 33, en el 6º piso y sus TE: 434-1502/03/04, Int 108